II

LA REELECCIÓN CAMBIA EL SISTEMA O RÉGIMEN POLITICO. OBVIAMENTE, LA FORMA DE GOBIERNO

 

¿Hasta dónde las definiciones constitucionales cambian y determinan la vida pública del país? ¿Qué tanta es la influencia de los ordenamientos jurídicos en las costumbres y prácticas políticas de la Nación? En principio, toda definición institucional debe producir los cambios, más o menos profundos, crear las situaciones, más o menos novedosas, y producir los resultados de todo orden que con ella se buscaron. Así seguramente ocurre en la gran mayoría de los casos, pero no en todos, porque muchas veces las normas expedidas no se aplican y, si se aplican, sus efectos no necesariamente coinciden con lo que de ellas se esperaban.

Que las reformas institucionales produzcan cambios políticos no es cierto en todos los casos, porque la Constituyente del 91 creó la Vicepresidencia, que había desaparecido en 1910, y ordenó la doble vuelta, seguramente porque pensó que esas dos instituciones transformarían la vida política nacional o, al menos la institución presidencial en lo que tiene que ver con su origen y funcionamiento. Sin embargo, no ha sido así. Son bien pocos los cambios que por las causas referidas han ocurrido. Los que en realidad hayan podido tener lugar, no han sido sustantivos. Tal vez no los ha habido porque, entre nosotros, las definiciones constitucionales no siempre condicionan las prácticas políticas ni las influyen en forma inmediata. A veces sucede lo contrario: la dura realidad prevalece sobre esas definiciones, las interpreta a su manera, las pone al servicio de sus intereses.

Así sucede, también, porque en algunas ocasiones producen efectos distintos, inclusive opuestos y contrarios a los que se persiguieron con su institucionalización. Es lo que ha ocurrido con la doble vuelta para la elección presidencial. En otros países asegura mayor representatividad y legitimidad en el gobierno porque obliga a la celebración de alianzas políticas, a veces regionales, que le otorgan al Presidente apoyos y respaldos que no tendría si hubiese sido elegido con menos del 50% de los votos. Le permiten decir que "simboliza la unidad nacional". En Colombia, en vez de los resultados anotados, ha producido efectos perversos.

En 1994, entre la primera y la segunda vuelta, una campaña, para no hablar de personas, buscó la financiación que necesitaba en Cali y con ello generó crisis de tal profundidad y magnitud que todavía no hemos podido superarla. Y en 1998, otra campaña, también presa de la angustia por lo que pudiera ocurrir en la segunda vuelta, decidió apoyarse políticamente en San Vicente del Caguan y creó situaciones cuyas consecuencias nadie sabe cuándo terminarán de producirse. El país está pagando aún el precio de esas dos tremendas equivocaciones. En el 2002, afortunadamente, no hubo segunda vuelta y, por ello, ninguna campaña contempló siquiera la posibilidad de vender su alma al diablo.

¿Donde radica el poder?

 

El acto legislativo 2 de 2004 introduce cambios sustanciales, ciertos y profundos, expresos o tácitos, al ordenamiento político- institucional vigente. Puede decirse que transforma el sistema o régimen político. "La reelección cambia la forma de gobierno y es un cambio trascendental" (José Obdulio Gaviria). Para los efectos aquí anotados y en términos generales, por sistema o régimen se entiende el conjunto de principios y reglas que determinan cómo se obtiene el poder, organiza y ejerce. También, los que regulan las prácticas políticas y administrativas, legales o informales, que le dan vida al sistema mismo y lo ponen en funcionamiento.

Para empezar, la reelección cambia el origen del poder, que ya no radicará en la Nación, ni en el pueblo, ni en las urnas, sino en los escritorios oficiales.

Así ocurrirá porque el Presidente y el Vicepresidente podrán ser candidatos a su propia reelección y, dentro de los cuatro meses anteriores a la primera vuelta al y hasta cuando concluya la segunda, si la hubiese, podrán adelantar sus respectivas campañas, es decir participar en actos políticos, partidistas y electorales, hacer proselitismo e invitar a votar por sus propios nombres y los de sus amigos al Congreso, puesto que las elecciones legislativas tendrán lugar dentro de esos cuatro meses. Antes de éstos también podrán hacer política si inscriben sus nombres en las consultas internas y populares que realicen los partidos para apoyar sus propias candidaturas o las de otros partidos o movimientos.

Los amigos del Presidente-candidato, sin consideración a las diferencias ideológicas o partidistas que entre si puedan tener, ni al origen de la elección de cada uno de ellos, formarán un nuevo ismo (el uribismo, por ejemplo) y permanecerán "unidos" por las ventajas político-electorales que otorga la cercanía al poder.

Ocurrirá todo lo contrario de lo que sucede en regímenes verdaderamente democráticos que autorizan la reelección porque no produce estragos políticos ni institucionales. "La imparcialidad obliga exigir que mi nombre, ni siquiera como adjetivo, sea utilizado para designar un partido, un grupo o un candidato" (De Gaulle).

 

Además, podrá participar en política toda la burocracia oficial, la de carácter nacional, departamental y municipal, la de las administraciones centralizadas y descentralizadas, con excepción de quienes ocupen cargos en la rama judicial, los organismos electorales, de control y de seguridad, que son porcentaje menor de la frondosa nómina estatal.

Los funcionarios públicos, con pocas excepciones, podrán, entonces, hacer política y participar en las campañas que se adelantes con motivo de la elección de Presidente y Vicepresidente, senadores y representantes, gobernadores y diputados, alcaldes, concejales y ediles en todo el país.

Politizar la Administración en Colombia acaba con el ideal de una administración fundada en los principios de la meritocracia, políticamente neutra, imparcial, sujeta a la ley. La convierte en feudo y reducto de los partidos y movimientos que tengan acceso al poder. Elimina prohibiciones e inhabilidades que le sirven de "coraza" al funcionario frente a las presiones políticas de que son objeto. La ciudadanía perderá la poca confianza que tenía en ella y la considerará cada vez mas ilegitima.

Los funcionarios son ciudadanos y tienen, por tanto, derechos políticos indiscutibles, pero como ejercen parte del poder del Estado y, por esa razón, se colocan por encima del resto de sus conciudadanos, en todas partes del mundo, se someten a prohibiciones e inhabilidades mas o menos estrictas o severas. Como esa neutralización o "esterilización política" no tendrá lugar entre nosotros, la burocracia prepotente buscará, por todos los medios, colonizar la opinión, manipularla, reemplazarla, decidir por ella.

 

Y de la separación de poderes ¿qué?

 

La reelección también acaba con la precaria separación de poderes que penosamente hemos tratado de construir. En efecto, a su cuádruple condición de jefe de Estado y de gobierno, suprema autoridad administrativa y comandante de la fuerzas armadas, que el acto legislativo 02 no limita ni modifica en ningún sentido, el Presidente suma la de candidato a su propia reelección que le otorga poderes político- electorales que no tenía. Ese hecho cambia sustancialmente las atribuciones y la vocación del Presidente. También reduce apreciablemente las del congreso

 

Como se dijo antes y se desarrollará mas adelante, el Presidente en campaña hará las veces de jefe de debate de amigos suyos que aspiren al Senado y la Cámara de Representantes. Habrá bancada, entonces, que deba su credencial al acompañamiento político del Presidente- candidato. Que será elegida por la "circunscripción electoral de la Casa de Nariño". ¿Qué independencia se puede esperar de un Congreso así elegido frente a las iniciativas oficiales y qué tipo de control político ejercerán esas Cámaras?.

 

Mas adelante también se dirá en qué quedan, después de la reelección, la autonomía de la junta directiva del Banco de la República, la Fiscalía y la Procuraduría General de la Nación.

 

La reelección también cambia las finalidades y propósitos que deben acompañar el ejercicio del poder. A partir de ahora, hará parte, con peso propio y de manera destacada, dentro de esas finalidades y propósitos, la reelección del Presidente y el Vicepresidente. Inclusive únicamente la de este último, cuando no se presente como candidato el Presidente, por ejemplo porque ya fue reelegido. Siempre habrá manera de decir que es esa la mejor manera de asegurar la continuidad de las políticas y programas que se estén ejecutando.

 

Todo lo anterior se autorizó y aprobó sin que, simultáneamente, se institucionalizaran las garantías que permitieran a los ciudadanos y los partidos discrepar de la verdad oficial, oponerse a los designios gubernamentales.

 

Lo anotado cambia, obviamente, la vida política del país porque las elecciones presidenciales no serán competitivas. Habrá un candidato oficial, el del Gobierno, que tendrá todo a su favor. Dispondrá de los instrumentos que otorga el poder para ganar, incluidos los de ley. Tendremos "democracia dirigida y administrada" por el Príncipe, es decir por el gobernante de turno.

 

Lo que ocurre en Colombia no se puede comparar con lo que sucede en otros países. Nuestras estructuras formalmente democráticas que no corresponden a las estructuras económicas y sociales del país.

 

"Dominó constitucional"

 

La aprobación de la reelección exigía reformar parte apreciable del ordenamiento constitucional vigente pues sus instituciones políticas obedecen a una lógica, una estructura y una coherencia que deben respetarse. Cada Constitución es un conjunto de normas que interpreta y expresa un sistema de valores y principios. Cada uno de sus capítulos y artículos principales hace parte de un conjunto armónico. Como las reformas de que esos capítulos y artículos sean objeto pueden modificar el contenido y alcance de los valores y principios que desarrollaba la Constitución, es necesario verificar cuáles serán las repercusiones de dichos cambios en toda la estructura institucional y establecer cómo afectan su identidad, equilibrio y características.

Las Constituciones no pueden partirse como un queso ni rebanarse como un salchichón. Además, las reformas que se les hagan, deben mejorarlas y fortalecerlas. En ningún caso, desequilibrarlas, deslegitimarlas ni debilitarlas. Lo dicho exigía ir mucho más allá de lo que plantearon los promotores de la reforma. "Solo debe haber un articulito sencillo, que diga: a partir de la fecha, el Presidente que esté en el ejercicio del poder, podrá ser reelegido" (Fabio Echeverri).

 

 

 

¿Dinamarca o Cundinamarca?

 

No sobra recordar, igualmente, que las instituciones políticas deben acomodarse a la naturaleza, temperamento y carácter de los pueblos para los cuales se adoptan. Cuando así no ocurre, entre el texto escrito y la práctica política se produce un divorcio o desfase que muchas veces conduce a que se desconozca la ley, a que se obedezca pero no se cumpla, y a que se produzcan efectos perversos y no los que con ellas se buscaban. Lo dijo el Libertador: "la excelencia de un gobierno no consiste en su teoría, en su forma, en su mecanismo, sino en ser apropiado a la naturaleza y el carácter de la Nación para la cual se instituyó".

El análisis de la reelección no podía hacerse, entonces, teniendo en cuenta lo que ha ocurrido o esté pasando en países mas desarrollados políticamente porque el nuestro es caso bien distinto desde varios puntos de vista. Por ejemplo, en grado de desarrollo económico y existencia de un sistema de pesos y contrapesos democráticos que aquí se desconoce, también en cultura política, para solo citar tres de las mayores diferencias.

No es cierto que la democracia colombiana haya madurado tanto como para ensayar la reelección inmediata. Nuestro grado de desarrollo sigue siendo precario y es inferior al que ya lograron los países que se citan como ejemplo para pedir que juguemos a la reelección.

Lo que importa establecer es qué ocurrirá en Colombia ahora mismo y en el futuro, con base en lo que han sido, son y serán la historia y prácticas políticas del país. También, lo que ha sucedido en naciones comparables a la nuestra, como las latinoamericanas

Quienes piden que no se tenga en cuenta lo que hasta ahora ha sucedido para efectos de establecer lo que puede ocurrir, olvidan que la historia tiene peso específico en la vida de los pueblos y se repite porque casi siempre da vueltas sobre sí misma. Don Quijote advirtio que "ella es émula del tiempo, depósito de las acciones, testigo de lo pasado, ejemplo y aviso de lo presente, y clara advertencia de lo por venir". Y Pérez Reverte escribió: "Somos lo que somos porque fuimos lo que fuimos". En lenguaje popular, muchas veces la gente dice que lo que ya le pasó no le volverá a pasar, a menos, claro está, que olvidé que fue lo que le pasó.

 

El régimen presidencial degenera en presidencialismo

Las Constituciones Provinciales que radicaron el ejercicio del poder en cabeza de la que denominaron "Representación Nacional", es decir en manos del legislativo, fueron meramente teóricas porque en la práctica el poder lo ejercían las primeras manifestaciones de lo que más tarde se estructuraría como rama ejecutiva. Para las Constituciones posteriores no hubo duda sobre la necesidad de organizar un poder que dirigiera la Nación, orientara del gobierno y liderara la vida política del país.

Por las razones anotadas, desde cuando se empezó a organizar el poder público en Colombia el régimen ha sido presidencial. Aunque sin las deformaciones propias de otros países latinoamericanos, el ejecutivo entre nosotros ha tenido evidentes preeminencia y primacía dentro del aparato estatal. Eso ha hecho que el régimen sea decididamente presidencial y que algunos consideren que lo que organizamos desde los comienzos de nuestra vida independiente fue una presidencia monárquica, una monarquía presidencial, una monarquía republicana, inclusive, una presidencia imperial.

 

Paradójicamente así ha ocurrido desde cuando se comenzó a construir el Estado de derecho, desde cuando al ejercicio del poder se le pusieron límites y se sometió a reglas jurídicas. Cuando se suscribió la Carta de 1886, que establecía período de 6 años y le permitía al Presidente aspirar a un nuevo período si se retiraba del cargo 18 meses antes de las elecciones, Calderón Reyes dijo: "Hemos firmado una Constitución monárquica". Caro respondió: "Sí, pero desgraciadamente electiva".

Dentro del ejecutivo, el rol principal le corresponde, obviamente, a quien ostenta la doble condición de Jefe del Estado y Jefe del Gobierno, a quien la Constitución de 1843 definió como "el primer Jefe de la Nación", es decir al Presidente de la República, que también es ² suprema autoridad administrativa² y "comandante supremo de las fuerzas armadas". El Presidente es pieza maestra de todo el engranaje político- institucional y, en todos los casos, actor principal de la vida nacional.

Quienes han analizado el hecho coinciden en señalar que "ocupa el vértice de la pirámide institucional, con todos los atributos del mando... es la clave del arco en la estructura del Estado... tiene tanto poderío que por eso no soy partidario de la irresponsabilidad presidencial ni del período demasiado largo" (Alzate Avendaño). Y agregan que "el régimen presidencial progresivamente, desde 1886, ha ido escalando cotas más elevadas de poder institucionalizado y fáctico... a ese proceso de hipertrofia del ejecutivo ha tenido que enfrentarse el Congreso, en evidentes condiciones de inferioridad" (Carlos Restrepo Piedrahita).

Si a los citados títulos se quería agregar la reelección inmediata era necesario adoptar las medidas complementarias que evitaran pasar de un sistema democrático presidencial a uno presidencialista autoritario. Se cae en el presidencialismo cuando se institucionalizan las deformaciones y excesos del régimen presidencial.

 

 

 

 

En vez de reforma, contrarreforma

 

Los propósitos político-legislativos del Gobierno Uribe cuando inició su gestión se resumían en la gran reforma que había prometido durante la campaña (Congreso unicameral, reducción en un cuarenta por ciento del número de sus miembros, convocatoria a elección de nuevos senadores y representantes, creación de regiones autónomas que reemplazaran los departamentos y tuvieran parlamentos que ejercieran funciones legislativas, supresión del servicio militar obligatorio). El instrumento para su aprobación era el referendo, que también hizo parte de la campaña. De esa agenda no hacía parte la reelección.

"El 7 de agosto a las 5 p. m.", el mismo día de su posesión, tal como lo había ofrecido, el Presidente entregó al Senado el proyecto respectivo. Pero en él no aparecieron algunas de las promesas de campaña. Se incluyeron temas distintos. Y las modificaciones que, a iniciativa del Gobierno o con su visto bueno, le introdujo el Congreso, transformaron sustancialmente la iniciativa. Dejó de ser el referendo para la reforma política y se convirtió en el plebiscito para el ajuste fiscal. Tuvo lugar así un primer gran cambio en la agenda gubernamental. Tan de fondo que fue esa la razón que mas influyó para que la ciudadanía no concurriera a las urnas y el referendo fuera derrotado.

Como el tema de la reforma política quedó expósito, porque el Gobierno lo abandonó, el Congreso lo hizo suyo y expidió el acto legislativo Nº 1 de 2003 que trata, sobre todo, temas electorales (lista única, umbral cifra repartidora, voto preferente).

El Gobierno cambió por segunda vez de agenda cuando decidió apostarle todo a la reelección y mantener en el closet de los asuntos pendientes la reforma política (estatuto de la oposición, ordenamiento territorial, financiación de campañas) y los temas que hicieron parte de las mesas de trabajo que integró para desarrollar las reformas judicial y del Estado, las finanzas públicas y el régimen pensional. También aplazó el proyecto que inicialmente llamó de alternatividad penal y que debía definir el marco jurídico para las conversaciones con las autodefensas.

En vez de la gran reforma política que había ofrecido en campaña, el Gobierno puso todos los huevos en el canasto de la reelección que constituye una verdadera contrarreforma porque tiene alcance regresivo: concentra el mayor poder del Estado en manos del Presidente, reduce oportunidades, viola el respeto debido a las reglas de juego, disinstitucionaliza, abandona los propósitos de cambio y no garantiza los derechos de la oposición. Construye un sistema políticamente cerrado.

Uno de los problemas políticos mayores de toda sociedad es la confrontación permanente entre quienes desean entrar y quienes se sienten irremplazables, pretenden reemplazarse a sí mismos. Entre quienes detentan el poder y quieren conservarlo, a veces por todos los medios a su alcance, y quienes aspiran a él. Someter ese conflicto a reglas de civilizada convivencia y sana competición democrática, constituye acto propio de modernización política. De verdadera reforma política. La reelección no supera ni reglamenta esa inevitable confrontación. Por el contrario, la agudiza, y se convierte en acto propio de regresiva contrarreforma política.

 

El Rey desnudo

 

El proyecto que autoriza la reelección no tuvo, formalmente, origen en el Gobierno. No fue presentado a consideración de las Cámaras por ningún ministro. Pero se tramitó como si se tratara de iniciativa oficial, porque desde cuando el asunto comenzó a ventilarse, fue claro que el Presidente estaba interesado y que era él quien, a través de sus funcionarios y más cercanos amigos, la promovía y ordenaba lo que debía hacerse. El coordinador de los congresistas partidarios de la propuesta dijo a los medios que el Presidente estaba "ampliamente informado sobre la estrategia que desarrollamos".

Abanderados y defensores de la reelección son destacados miembros del Gobierno y uribistas "pura sangre". En primer lugar, el consejero presidencial Echeverri Correa que, aunque no tiene el carácter de funcionario público, se comporta como importante miembro del Gobierno. Sin duda, lo es en la práctica. No se necesita estar en la nómina del Estado para ejercer el poder que ejerce el ex -presidente de la Andi en el Palacio de Nariño. Defiende el proyecto con tanta convicción y fuerza que, en vez de asesorar al Presidente por contrato, debería ser Ministro del Interior por decreto.

Claro que Echeverri seguramente prefiere ser consejero por contrato porque ejerce todo el poder que su Jefe le asigne, mas el que él mismo se atribuya, sin tener el peso de las inhabilidades, responsabilidades e incompatibilidades propias de los servidores públicos.

La iniciativa contó, obviamente, con el respaldo de toda la bancada uribista que la conforman el Partido Conservador, los senadores y representantes que acompañaron al Presidente en las elecciones del 2.002 y los congresistas procedentes del oficialismo liberal que ahora apoyan su obra de gobierno.

 

La función colegisladora del gobierno en este caso fue mayor de la que en su momento ejerció en relación con el referendo. Para sacar adelante el proyecto, el ejecutivo se empleó a fondo y sin reservas. Su empeño fue tal que las "travesuras" del Gobierno en las Cámaras hicieron recordar la conocida historia del Rey ("El traje nuevo del Emperador" de Hans Christian Andersen) cuyos súbditos decían verlo desfilar vestido con sus mejores atuendos, hasta que un niño descubrió que en realidad se paseaba desnudo. Así le ocurrió al Presidente Uribe. Era el campeón del anti- clientelismo y la lucha contra la corrupción hasta el día en que lo atacó la ambición reeleccionista. A partir de ese momento apeló, en mayor proporción que antes, a prácticas propias de las perores épocas en las relaciones del ejecutivo con el Congreso

 

Apoyo externo

 

Como el conflicto que padecemos se ha internacionalizado, la reelección de Uribe importa a varios gobiernos extranjeros. A unos mas que a otros, obviamente.

Al que mas interesa, por razones conocidas, es al de Estados Unidos. Por ello, cuando el asunto apenas empezaba a tratarse y ni siquiera se había presentado al Congreso el proyecto respectivo, su Embajador en Bogotá, en difundidas declaraciones, respaldó la idea. Dijo expresamente: "Las Farc tienen casi 40 años, mientras el período presidencial es de 4 años, o sea un 10 por ciento. Eso para las Farc es como una semana. Ese grupo siempre ha tenido la táctica de que cuando ha habido presidentes firmes y populares, como Uribe, ha buscado la manera de esperar a que llegue el próximo".

Tal vez no sobre recordar que el mismo Embajador, en su momento, públicamente apoyó el referendo que fue derrotado a fines del 2.003

No todos estuvieron de acuerdo con tan abusivo pronunciamiento: "Es atrevido que el Embajador de USA diga que la reelección es necesaria, con el argumento un poco tonto de que la guerra lleva 40 años y Uribe solo tendrá cuatro. No tiene pies ni cabeza. La ayuda y la cooperación pueden necesitarse, pero no bajo la rendición del Estado" (Héctor Osuna).

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Aunque la Cancillería colombiana guardó silencio y "regalados" congresistas colombianos se solidarizaron con esas declaraciones, el Departamento de Estado, desde Washington, las rectificó, después de afirmar que al Gobierno de Estados Unidos no le correspondía intervenir en la política interna de otros países.

Por la misma época, con otras palabras, el Presidente Uribe había dicho algo parecido: "La patria necesita varios períodos de autoridad para frenar la acción de los violentos… Si le dieron 40 años a Tirofijo, ¿por qué no le dan un tiempito mas a la seguridad democrática?".

El Jefe del Comando Sur de Estados Unidos también fue directo, aunque un poco reservado cuando dijo que para el éxito del Plan Patriota se requiere "uno, un liderazgo continuo del Presidente Uribe; dos, un apoyo continuo de E. U.".

 

A otro Gobierno que le interesa la reelección en Colombia es al del Ecuador. Mas adelante, en el apéndice, cuando se presenta lo que está ocurriendo allí en relación con el mismo tema, se reproducen las declaraciones que el Presidente Lucio Gutiérrez hizo durante su reciente visita a Bogotá.

 

En su momento fueron reveladas las conversaciones privadas que sostuvieron el Presidente Uribe y el ex –Presidente Samper. Editorialmente El Tiempo las resumió así: "Según las versiones publicadas, Samper le presentó a Uribe el insólito argumento de que el ambiente parlamentario de esa propuesta (la de reelección) se mejoraría sin algunas extradiciones" (subrayas fuera de texto).

Como lo anota el mismo diario, "el huracán de la reelección está causando los estragos que se preveían" porque del debate a que ella da lugar empezaron a hacer parte el proceso 8.000 y la extradición de los miembros de las autodefensas, tal como mas adelante se reseñará.

Las autodefensas también se han pronunciado a favor: "cuando existe un buen mandatario, que ha ejecutado bien su función, aunque cojea en lo social todavía, debe tener la posibilidad de que pueda ser reelegido (sic) y el país debe crear las condiciones para que eso suceda. En eso se ha avanzado… y todas las autodefensas estamos de acuerdo" (Salvatore Mancuso).

 

Ventajas de la reelección

Quienes la defienden, lo hacen por razones coyunturales. Piensan única y exclusivamente en la persona de Álvaro Uribe y en la gestión que cumple, particularmente en su política de seguridad democrática. En privado aceptan que, institucionalmente, la reelección no conviene. Sostienen que si el nombre de Uribe Vélez no estuviese de por medio, otra sería su posición. Se consuelan, inclusive, diciendo que la reelección es el precio que debemos pagar para poder tener un buen Presidente y agregan que, después de posesionado Uribe para su segundo período, se debe derogar la reelección.

 

Pero como esa clase de argumentos no dan para reformar la Constitución y echar por la borda el mayor capital político del país –el respeto por la institucionalidad-, públicamente hacen otras consideraciones. Se refieren, por ello a las ventajas político- institucionales de su propuesta, que son las que aquí se deben analizar porque tienen relación con el propósito que persigue este ensayo.

 

Los documentos que mejor recogen las razones y motivos por los cuales se propuso la reelección son el libro "La reelección, que el pueblo decida" del consejero presidencial José Obdulio Gaviria y la exposición de motivos que acompañó el proyecto presentado a consideración del Senado. Esas razones y motivos se pueden resumir así:

"Colombia debe dar el paso hacia una democracia plena, sin restricciones, en la que los gobernantes sometan sus ejecutorias a la evaluación periódica del pueblo, para que el soberano determine si merecen o no continuar en sus cargos. Para que haya cíclico y democrático examen de sus acciones, y los electores tengan el derecho de elegir para un segundo período a quienes pasen esa prueba". La prohibición de la reelección "constituye una limitación a la democracia, un recorte a su pleno vigor". La no reelección es principio proscriptivo y, por tanto, antidemocrático."Es síntoma evidente de sub-desarrollo político". La no reelección "ofende el buen criterio de la ciudadanía, no es democrática".

b) "El período de cuatro años es corto. No garantiza el éxito de un programa de gobierno". Hay que darle estabilidad y continuidad a proyectos de largo plazo. Los complejos y críticos problemas que vive el país no se puede en tan breve período.

c) La sociedad colombiana ha madurado políticamente gracias a la aparición de una clase media numerosa y una clase obrera urbana que no se deja condicionar ni manipular por quienes ejercen el poder.

d) El gobierno responde ante el pueblo. La reelección evita la impunidad política porque se castiga con la derrota a quien lo ha hecho mal.

La experiencia de los gobernantes debe ser puesta al servicio del país.

 

Estos argumentos son teóricamente válidos. Desarrollan valores y principios políticamente correctos. No son heréticos. Pero su análisis y estudio detallados permiten concluir que, infortunadamente, su vigencia no puede ser total y absoluta en todos los casos. Su aplicación admite grados y matices. También es claro que el logro de los objetivos propuestos puede alcanzarse mediante instrumentos políticos y jurídicos distintos de la reelección. Esa la razón para que ésta no se permita en países que son democráticos y se haya prohibido en Colombia casi siempre. Igualmente, para que se someta a exigentes condiciones y requisitos cuando se acepta.

 

Conviene agregar también que la validez de los argumentos expuestos a favor de la reelección debe confrontarse con la realidad de las experiencias vividas porque, en países como los de América Latina, no son tan evidentes las relaciones que en otras partes se dan entre gestión gubernamental y comportamiento electoral de la ciudadanía.

La reelección realiza la democracia plena

 

Si la reelección fuese el ideal democrático que profundiza la participación ciudadana en la vida pública y logra otras maravillas comparables, todos los países la habrían adoptado siempre, con carácter permanente, sin ningún tipo de restricciones, condiciones o limitaciones. Teóricamente todo mandato popular debería poderse prorrogar de manera indefinida, puesto que es el ciudadano elector quien en forma soberana decide si lo hace o no.

 

Sin embargo, no ocurre así porque existen ejemplos de sistemas democráticos que la prohíben de manera total y absoluta. El mejor ejemplo es, tal vez, el de Méjico.

En otros países se ponen límites al número de veces. Estados Unidos no permite mas de una reelección consecutiva o diferida.

Y los que la permiten, la someten a requisitos especiales, por ejemplo, en cuanto al número de ciudadanos que debe participar en la elección (umbral) o de votos que debe obtener el candidato (mayoría calificada).

 

En todos los casos, se controla de manera estricta y severa la gestión oficial y política del Presidente- candidato y se rodea de garantías a los partidos y candidatos que puedan ser sus competidores.

Así ocurre por consideración elemental: en algún momento, mas temprano que tarde, quien pretende la reelección intentará abusar, o abusará del poder que ejerce para conseguirla. Lo harán él y/o sus amigos y validos. Es inevitable que así suceda. Por eso hay que proteger a los gobernantes contra ellos mismos, contra sus propios demonios.

 

Sostener que cuando hay reelección el pueblo decide es frase de cajón propia de la que algunos llaman política- ficción. Hace parte de las que periódicamente se emplean para presentar hechos y situaciones que conviene maquillar. La política es como la alta cocina: cuando uno ve como se preparan los mejores platos, pierde el apetito, es frase afortunada que le atribuyen a Churchill.

 

Afirmar que la reelección realiza la democracia perfecta y plena, sin restricciones, es canto a la bandera que olvida la naturaleza del poder y la manera como se ejerce. Igualmente desconoce los ordenamientos constitucionales de los regímenes presidenciales que en el mundo han sido y son.

 

En países políticamente sub-desarrollados –como Colombia- cuando hay reelección inmediata, quien decide es el poder, no el pueblo. Frente a quienes lo ejercen, los ciudadanos se intimidan y cohiben. Las críticas a la gestión oficial se toman por muchos como agravios al gobernante. La oposición la vuelven conspiración. Ya uno de los senadores reeleccionistas llamó a sus contradictores aliados de la subversión y el terrorismo. La democracia queda secuestrada y los electores convertidos en rehenes de quienes detentan el mando y quieren conservarlo a cualquier precio. Que el pueblo decide es, entonces, frase que esconde la trampa de la reelección.

Período corto

 

Como consideran que el de cuatro años es corto y no permite ejecutar políticas de largo plazo ni darle continuidad a programas serios, aprobaron ampliarlo a 8 mediante la suma de dos períodos de cuatro. Así ocurrirá porque todos los Presidentes que aspiren lograrán la reelección. Obviamente, todos la buscarán. Aún sin abusar del poder, el Presidente en funciones tiene ventajas grandes sobre los demás competidores.

 

"Los aspirantes aducen que necesitan mas tiempo para cumplir con su programa de gobierno. Como si hubiesen períodos mágicos para la solución de los problemas; o como si para ellos hubiese fórmulas definitivas. Detrás de estas exigencias surgen las tendencias hegemónicas…" (Eduardo Posada Carbó).

 

Desde mediados del siglo pasado, en Argentina, cuando el período era de 6 años, quienes se opusieron a que se autorizara la reelección lo tuvieron claro: "Admitirla es extender a doce años el término de la Presidencia. Quien la pretenda tiene siempre medios, que utilizará para conseguirla".

 

En el congreso alcanzaron a proponer y aprobar que se autorizaran no una sino dos reelecciones. En el caso del Presidente Uribe, hubiera podido acumular tres períodos, o sea 12 años. Así lo permitía la equivocada propuesta que por descuido o deliberadamente aprobaron en 7 debates distintos. En el octavo corrigieron y dispusieron que sólo tendrá derecho a una elección más.

 

Frente al texto finalmente aprobado, ¿Quién garantiza que dentro de 4 años no se proponga que conviene permitir nueva reelección? Es hipótesis que no debe descartarse. Casos se han visto. Tampoco hay manera de prohibir que así ocurra. Hay quienes lo piensan. ("El país se ganó a Uribe. Necesitamos un tipo así... alguien que si le dan cuerda se quede 16 años... eso le sienta al país").

Le sentaría tanto que el proyecto aprobado puede conducir a que el poder lo ejerzan durante 16 años el Presidente y el Vicepresidente que hayan integrado la misma fórmula. Así ocurrirá si al término del segundo período de un Presidente es elegido su Vicepresidente para un primer período (situación que el proyecto prevé y autoriza) y ese Vicepresidente, convertido en Presidente, es reelegido para un segundo período. De esa manera entre los dos, Presidente y Vicepresidente del mismo partido, movimiento o corriente política, completaràn 16 años en la jefatura del Estado y del Gobierno.

 

Un periodo de ocho años es demasiado largo para una sociedad como la colombiana. Lo fue en 1830, primera y única vez en que se estableció. Era tan extenso que no se aplicó ni una sola vez porque en 1832 se volvió al de 4 años. Ahora también sería demasiado largo. Período razonable es el de 5 años, tal como se ha propuesto en ocasiones anteriores.

Inexplicablemente quienes defienden la reelección porque consideran que el período hoy vigente es corto, no propusieron que se ampliara a 5, junto con el del Congreso. Ampliar el período no significa prorrogar, por acto de las Cámaras, el de quienes fueron elegidos antes. La fórmula de los 5 años se aplicaría, por ejemplo, a partir del 2010, cuando se cumplen 200 años de vida independiente y 100 de la importante reforma constitucional de 1910, que, entre otras cosas, puso fin a los estragos de la "reelección" de Reyes.

Países que tuvieron períodos largos lo están reduciendo. Francia lo hizo. Pasó de 7 a 5 años. Y Chile, que tiene uno de 6, está aprobando su reducción a 4.

 

Estabilidad y continuidad

 

También sostienen que la ejecución de políticas, programas y proyectos que demanden tiempo debe garantizarse mediante la reelección. Olvidan que son varios los instrumentos políticos y jurídicos que sirven dicho propósito sin tener que pagar el alto precio institucional que ésta demanda, ni tener que soportar sus estragos.

El uribismo anunció que crearía y organizaría el instrumento a que mas acuden las democracias para los efectos citados. Anunció la creación de un nuevo partido político. Infortunadamente abandonó la idea, a pesar de que las condiciones para crearlo están dadas y son favorables: hay el espacio político y el electorado que lo llenaría; el Presidente y sus amigos tienen tesis y propuestas que facilitan estructurar seria plataforma doctrinaria y programática; todos los dirigentes y militantes de la nueva organización reconocerían la jefatura indiscutible de Alvaro Uribe. Además, el Presidente ha ido reuniendo en torno suyo dirigentes de valía como el ex ministro Londoño Hoyos de quien El Tiempo dijo, antes de que lo sancionara la Procuraduría, que "habría podido ser el gran ideólogo del proyecto de centro derecha que encarna Álvaro Uribe" (subrayas fuera de texto). La creación de ese partido crearía nuevas alternativas al tradicional bipartidismo colombiano y oxigenaría de verdad el sistema político nacional.

 

Además, sin reelección, el país le ha dado continuidad a las políticas que en su opinión la han merecido. Desde las épocas de don Pedro Gual, hemos tenido la misma política internacional. Para bien o para mal, los partidos tradicionales, y los nuevos también, han convenido que esa política no se cambia ni hace parte de sus controversias. Por ello ha habido continuidad envidiable, según algunos.

Desde fines de los años 50 y comienzos de los sesenta ha ocurrido lo mismo en relación con la política macroeconómica (moderado intervencionismo estatal y sustitución de importaciones). Después de que rigió durante cerca de tres décadas, fue cambiada en los 90 por la apertura neoliberal y el Consenso de Washington que los últimos cuatro gobiernos han aplicado con pequeños ajustes. Ejemplo adicional de destacable continuidad sin necesidad de que haya habido reelección.

Parece broma, pero no lo es. La clase política colombiana, gracias a su flexibilidad y capacidad de adaptación, entiende que entre uno y otro gobierno realmente hay muy pocos cambios, los que puede haber son de estilo, y, si la hay de fondo, los acepta sin mayor esfuerzo. Eso explica porqué, muchas veces, las mismas personas representan personalmente a sucesivos Presidentes de la República en la Comisión Asesora de Relaciones Exteriores y que quienes jugaron papel protagónico en la política de paz del Presidente Pastrana sean ahora Embajadores del Presidente Uribe, que no pierde oportunidad de atacar dicha política porque fue eso lo que le dio el triunfo y le permiten ahora apuntalar la reelección.

 

¿Fin de la impunidad política?

 

Pensar que con la reelección se sanciona al mal gobernante, hace parte también de un razonamiento equivocado. Si el gobernante es malo, debe sancionársele sin esperar a que llegue el momento en que aspire nuevamente. Hay que hacerlo cuando falte a sus deberes a través de la revocatoria del mandato, el voto de censura a sus ministros y los juicios políticos que adelanten las Cámaras.

Es un error permitirle al Presidente que ha causado toda clase de estragos que aspire a un nuevo mandato, porque se sabe, de antemano, que abusará del poder para hacerse reelegir ¿Por qué no ahorrarle al país los estropicios que causará la campaña reeleccionista? ¿Por qué esperar a que el pueblo en las urnas diga que piensa de un mal gobierno?.

 

Algunos también sostienen que la reelección permite aprovechar los conocimientos y la experiencia que los Presidentes adquirieron en el ejercicio del mandato. Olvidan, sin embargo, que en otras partes ese propósito se logra disponiendo que los ex –Presidentes sean senadores vitalicios. Por eso llama la atención que las iniciativas que en ese sentido se han formulado en Colombia no hayan contado con el apoyo de quienes ahora son decididos reeleccionistas.

 

Los argumentos que mas se dan, entonces, a favor de la reelección –realiza la democracia plena, profundiza la participación ciudadana en la vida pública, permite al elector decidir si premia o castiga al gobernante concediéndole un nuevo período o no-, son apenas la espuma de un razonamiento incompleto que se niega a presentar y analizar el mundo de los hechos que supera y desborda premisas para algunos a veces axiomáticas.

La validez de esos argumentos, además, debe confrontarse con la realidad de las experiencias concretas de lo que ha sido la institución en naciones comparables a la nuestra.

 

 

 

"Democracia de sondeo"

 

Como el simplismo de los argumentos que contenía la exposición de motivos no convenció sobre la necesidad y conveniencia del cambio propuesto, el Gobierno y sus amigos tuvieron que decirle al país cuáles eran las verdaderas razones y motivos que los animaban: la reelección de Uribe en el 2006.

Sus argumentos dejaron de ser político- institucionales y se volvieron político- coyunturales y político –personales. Empezaron a hablar del liderazgo del Presidente, las realizaciones de su Gobierno y los resultados de las encuestas. Volvieron esos temas el disco duro de los argumentos a favor de la reelección. Con ellos "convencieron" al Congreso para que la aprobara.

"Es el mejor Presidente que hemos tenido en la historia del país... un porcentaje muy alto de colombianos quiere que la forma de gobernar de Uribe permanezca en el tiempo... muchisima gente quiere que él tenga más tiempo para construir una nueva Nación... (a los congresistas) les va a ser muy difícil oponerse a la voluntad del 80 por ciento del país...", fueron las declaraciones que hizo Fabio Echeverri para lanzar la candidatura.

Esos deberían ser los argumentos de la campaña que se adelante a partir del momento en que la candidatura se oficialice. Pero invirtieron el orden y pusieron, en primer lugar, de entrada y para empezar, los argumentos de tipo electoral porque no existen los que permitan defender el cambio de las reglas de juego y la personalización de la reforma. Para evitar el debate político- institucional que se ha debido realizar, se fue directamente a los temas de campaña como si las elecciones presidenciales tuvieran lugar dentro de pocas semanas.

Por eso pretenden convertir las encuestas en el mayor soporte de la "democracia de sondeo" que buscan institucionalizar. Quieren que sirvan para reformar la Constitución y elegir al Presidente con varios años de anticipación. Con su lógica, trasladan al mundo político la recomendación de los especialistas en marketing: si el producto se vende, no lo saque del mercado.

Aprovechan de esa manera que en el país, como en el resto de América Latina, hay poco compromiso con la democracia. Reciente sondeo realizado en todo el Continente revela que más del 50% de la población prefiere el desarrollo económico a la democracia: no necesitamos debate, controversia, ni pluralismo, sino crecimiento y progreso social. olvidan en sus análisis la máxima del ex –primer ministro israelí Simón Pérez: las encuestas son como los perfumes, sirven para olerlos, pero uno no se los puede tomar, porque envenenan. Muchas veces, además, las encuestas reflejan el pensamiento difuso de una masa desinformada y desorientada, que cambia fácilmente de opinión.

Olvidan, también, que la reelección no puede ser producto de encuestas ni de cálculos preelectorales. Tampoco del afán de quienes pretenden continuar cerca del poder. Las situaciones coyunturales deben ceder el paso a una visión prospectiva y a los imperativos de cambio político que el Congreso debe sacar adelante, aún contra la voluntad del Gobierno, como empezó a hacerlo con la reforma electoral que contiene el acto legislativo 01 de 2003.

 

Algunos académicos apoyan

Aunque para hacerlo tengan que revisar los que antes habían escrito. Es lo que hizo el destacado profesor Luis Carlos Sáchica:

"¿Les creemos a las encuestas y dejamos que el pueblo decida, o nos atenemos a lo que dicen editorialistas, columnistas y emperadores de la radio?... Se trata de que se desarrolle a cabalidad el mandato que se otorgó a un Presidente... no truncar una gestión que ha tenido éxito... (lo contrario) es mezquino y atenta contra el querer manifiesto que revelan todas las encuestas... cerrarle la puerta a una pretensión tan legítima (reelegir a quien lo hace bien) no es democrático... bloquear la opinión pública o la voluntad ciudadana es instaurar una democracia recortada, incompleta... (no conviene) dudar del pueblo ni de los controles de que dispone una democracia moderna" (El Tiempo, Lecturas Dominicales, 30 de mayo de 2.004).

Este enfoque coyuntural y personal de la reelección contradice las lecciones magistrales que Sáchica expone en sus textos universitarios: el período de 4 años "impide que el influjo de un solo hombre decida el destino nacional y aspire a perpetuarse como solución providencial y permanente de la vida colectiva"; la no reelección "vigoriza las defensas contra la instauración de dictaduras personalistas y la prolongación inconveniente de un mandato democrático que, para serlo verdaderamente, debe ser transitorio"; "el país es antirreeleccionista y no mira bien el ejercicio prolongado de ninguna magistratura..., una sociedad donde hay desocupación, subempleo y dependencia forzosa de los asalariados, no es libre..., el monopolio de las funciones públicas por la clientela de los barones electorales frena la democracia..., el régimen presidencial ha sido deformado en Iberoamérica..., son gobiernos sin una oposición definida, sin controles políticos efectivos..., se trata de sistemas de poder personalizado y concentrado..." (Derecho Constitucional General y Constitucionalismo Colombiano, Editor Temis).

Sorprendente que quien tenia ideas tan claras sobre los valores y principios de los ordenamientos propios de los Estados de derecho y conoce bien el contexto político, económico y social que condiciona nuestra vida pública, considere en esta coyuntura que es un "contrasentido", un "prejuicio y una sospecha infundada" pensar que pueda haber Presidentes que abusen del poder para hacerse reelegir. Tal vez ahora razona así porque recordó que alguna vez Borjes dijo que la democracia es un curioso abuso de las estadísticas.

En otras contradicciones incurre el ilustre catedrático: "resulta estéril remitirse a las experiencias del país con la reelección..., tampoco es pertinente referirse a lo sucedido en otros países y tiempos..., no invalida la propuesta el que aquí o allá, ayer o anteayer, aconteciera esto o lo otro...". Contrastan estas afirmaciones con lo que el ex magistrado Sáchica sostenía antes: el estudio de las instituciones exige establecer los antecedentes históricos que "les dan sentido y les prestan eficacia", las referencias permanentes que hacía a la evolución constitucional de Iberoamérica y la necesidad que invocaba de respetar "lo mejor de las tradiciones y de los legados pretéritos, que hemos de transmitir a las generaciones venideras".

Sorprende también que un hombre de sus calidades argumente que como se puede reelegir indefinidamente a los ediles de Usme, los concejales de La Uvita y los diputados de Vaupés, debería hacerse lo mismo y de manera inmediata con el Presidente.

La reelección es, muchas veces, aspiración satánica para los gobernantes, sus amigos y aliados ocasionales. Unos y otros se miran en el espejo de las encuestas y las convierten en fuente del poder que detentan y desean conservar. Las utilizan para legitimar sus aspiraciones y reformar la Constitución. Incurren en contradicciones que esperan les sirvan para manipular primero al Congreso y, luego, a la opinión. Por eso no han podido defender, con argumentos serios y válidos, la reelección desde los puntos de vista filosófico, político e institucional, ni darse cuenta de que están introduciendo cambio sustancial al régimen vigente, la forma de gobierno y la vida política del país.

 

La reelección, ¿para quien?

 

Lo que cuenta, en definitiva, es reelegir a Alvaro Uribe. Lo que siga después para el país, en materia político- institucional, no importa por ahora. Eso se verá mas tarde. Lo que interesaba, en primer lugar, era que el Congreso, presionado por la popularidad y el prestigio de Uribe, aprobara la reelección, y que se creen, desde ahora, hechos políticos que aseguren un segundo período para quien sus amigos consideraban el mejor Presidente que ha tenido Colombia. ² En cuatro años no se deshace lo que la mala conducción del país dejo de hacer en cuarenta años....no parece haber en el horizonte una personalidad con el talante de Uribe para continuar con el mando ² ( Jaime Jaramillo Panesso) .

Por las razones anotadas se han confundido dos etapas del proceso que convenía separar. Primera, la del debate político- institucional que requería la reforma constitucional sobre reelección propiamente dicha que es de características particulares porque, por primera vez, se realizará ese tipo de campaña. Nunca antes se había permitido que un Presidente en funciones, sin separarse del cargo, pudiera repetir en el período siguiente. Esa confusión se buscó deliberadamente por quiénes tienen mas interés en la segunda Presidencia de Uribe que en la reelección como herramienta o instrumento de cambio político, como pieza- maestra de una nueva forma de organización del poder y de reparto de funciones ejecutivo- legislativo, para citar apenas algunas de las repercusiones que tiene.

Porque sólo interesa el próximo período presidencial, el texto aprobado autoriza que sus normas se apliquen de manera inmediata a quién está ejerciendo el cargo. "Esta reforma tiene nombre y apellido, mas que propósitos de innovación institucional" (El Tiempo). Si no tuviera intenciones personalistas, la reelección se habría propuesto a partir del año 2010, para que a ella aspirara, por primera vez, un colombiano que sus compatriotas todavía no saben quién puede ser porque será el Presidente que se elija en el 2006. Tal como quedó el texto aprobado, el único colombiano que puede pretender la reelección consecutiva en el 2006 se llama Álvaro Uribe. Mas tarde, en el 2.014, se podrá aplicar a otro colombiano (el que sea elegido en el. 2.010).

Por la razón anotada el acto legislativo 02 de 2004 también es incoherente y discriminatorio. Es incoherente porque no se aprobó, simultáneamente, la reelección inmediata de gobernadores y alcaldes que, para poderse presentar nuevamente, deben esperar que transcurra no menos de un período. Y es discriminatorio porque se le permite al Presidente y al Vicepresidente en funciones, sin retirarse del cargo, aspirar a la Presidencia, pero no se permite que lo hagan, en las mismas condiciones, otros funcionarios de la Rama ejecutiva, como los ministros, gobernadores y alcaldes. Tampoco gozan de ese derecho o privilegio, depende de cómo se le mire, los magistrados de las Altas Cortes, ni los jefes de los organismos de control (Procurador y Contralor) que ejercen mucho menos poder del Estado que el Presidente de la República, razón por la que su participación en política y su condición de candidatos causaría mucho menos estragos, en caso de que incurran en conductas abusivas e indebidas.

Auto- reelección

Es muy curioso que mientras la reelección de Uribe tiene alrededor del 70% de aprobación de los colombianos, no hay un solo columnista, ... que haya escrito para defenderla…la única explicación que se me ocurre es que la opinión calificada considera escandaloso que el Presidente se prolongue así mismo en el poder" (María Isabel Rueda) Subrayas fuera de texto. La periodista tal vez se refiere a las reservas y reparos que los principales medios expresaron frente al proyecto:

"La reelección inmediata desinstitucionaliza el país" (El Espectador).

"No es legítimo que el Presidente de turno respalde un cambio de las reglas de juego a mitad de camino, mucho menos que los congresistas voten a favor del proyecto a cambio de prebendas" (Vanguardia Liberal).

"Cambiar la Constitución en beneficio propio es nocivo y podría afectar la gobernabilidad" (El Tiempo).

"La reelección en sí no es mala, pero no debe ser inmediata. Esta figura podría ponerse en marcha a partir del 2.010 para no desinstitucionalizar el país" (Semana).

"La reelección inmediata va en contravía de lo que planteó Uribe frente al tema cuando estaba en campaña" (El Universal).

"La cultura política del país no está preparada para asumir la reelección inmediata" (Nuevo Día).

"El proyecto de reelección ha deteriorado la forma de hacer política en el país" (El Nuevo Siglo).

"La política no se puede definir por intereses personales. Los partidos deben ser capaces de continuar la política de cualquier mandatario" (Central Unitaria de Trabajadores).

Para lograr tan descabellado propósito era necesario modificar la regla de juego vigente que prohibió la reelección. Fue lo único que pidió al Gobierno. No solicito los demás cambios institucionales necesarios y complementarios a la reelección que evitaran desajustes en el precario sistema político que tenemos.

Como es inocultable que lo único que les interesaba eran las elecciones del 2.006 y la persona de Álvaro Uribe, así lo reconocen en uno de sus proyectos: "Somos conscientes que en este debate jurídico –político el peso de la figura del señor Presidente es preponderante, y así no lo queramos ligar con él, esto resulta inevitable; por ello hay que medir las consecuencias de la aprobación del proyecto, una de las cuales es la reelección de Alvaro Uribe Vélez".

Lo anotado explica porqué la reelección se ha convertido para el Presidente, según El Tiempo, "en su bandera prioritaria, en casi una obsesión". Y porqué el Gobierno se puso la camiseta. Sin reservas, oficialmente apoyó el proyecto y cambió la agenda legislativa para asegurar que su trámite no fuera interferido por iniciativas que hasta hacía poco eran prioritarias. Lo defendieron el Presidente, sus mas cercanos asesores y consejeros, los ministros, encabezados por el del Interior, los Embajadores y otros altos funcionarios de la Administración Pública. Estos últimos seguramente lo hicieron por convicción. Creen de buena fe que el proyecto político de Uribe es lo que mas le conviene al país. Por eso lo quieren de candidato en el 2006.

Desde los puntos de vista político y jurídico su comportamiento, durante el trámite del proyecto, fue reprochable. Primero, porque la solidez y firmeza de la convicciones políticas no son argumento suficiente para cambiar las reglas de juego con nombre propio en un Estado que se dice de derecho. Segundo, porque intervinieron en política antes de que la Constitución permitiera que los funcionarios lo hicieran. Esta indebida intervención en política fue el primer daño que causó la reelección. El primero y el menor porque ya se produjeron otros y se producirán unos aún mas graves en la vida política e institucional del país.

Si el Gobierno hizo lo que hizo para conseguir que se aprobara la reelección, es fácil imaginar lo que hará para elegir el candidato oficial.

 

Fallas, inconsistencias y vacíos

 

Considerar que la reelección puede autorizarse como pieza suelta dentro del ordenamiento político- institucional constituye el primero y más grande error del acto legislativo 02. No lo subsana disponiendo, como prevé, que mediante ley estatutaria, que expedirán el Congreso o el Consejo de Estado, se reglamenten las materias que aseguren "igualdad electoral" entre los candidatos a la Presidencia. No lo subsana de esa manera porque la reelección exige que se traten a título complementario temas adicionales a la igualdad electoral como los que mas adelante se mencionan y explican.

Además, la igualdad electoral y los temas complementarios a la reelección, por su importancia, deben tener rango constitucional. No basta con decir que ley posterior los desarrollará. En la Constitución deben figurar, por lo menos, los principios que luego el Congreso precisará y reglamentará.

También tiene otro tipo de fallas. Aquí sólo se mencionarán las que se pueden explicar sin necesidad de profundas reflexiones jurídicas ni elaboradas consideraciones políticas.

 

El uso de los bienes del Estado en la campaña

 

Dispone el texto aprobado que "durante la campaña ni el Presidente ni el Vicepresidente podrán utilizar bienes del Estado o recursos del erario público, distintos a aquellos que se adjudiquen en igualdad de condiciones a todos los candidatos. Se exceptúan los destinados al cumplimiento de las funciones propias de sus cargos y a su protección personal, en los términos que señale la ley estatutaria".

La disposición transcrita constituye engaño a la opinión porque las excepciones que consagra dejan sin valor la igualdad que quiso preservar. En efecto, se le permite al Presidente y al Vicepresidente utilizar en campaña los bienes oficiales que estén "destinados al cumplimiento de las funciones propias de sus cargos"¿Cuáles son esos bienes? Obviamente todos los que se le hayan entregado por el Estado para el desempeño de sus atribuciones. Conforme a lo dicho, pueden utilizar para sus campañas, las oficinas y salones a ellos asignados oficialmente, con sus correspondientes y sofisticados equipos de telecomunicaciones, así como los documentos, informes y memorandos que hayan elaborado o les preparen sus funcionarios, y todo el material que haga parte de los archivos de la Presidencia y la Vicepresidencia. Mejor sede de campaña es imposible imaginar. Mayor apoyo logístico tampoco se puede esperar.

También queda autorizado para el mismo fin el empleo de los bienes destinados "a su protección personal". Con otras palabras, el uso que se haga, por razones de seguridad, del avión presidencial (el nuevo seguramente se estrenará con motivo de la campaña), los helicópteros y los carros blindados de Palacio en las giras del Presidente y Vicepresidente-candidatos. Igualmente queda cubierto y legalizado el pago de viáticos a los detectives y escoltas que los acompañen en esos desplazamientos.

Otra inquietud en relación con el tema tiene que ver con las presentaciones de los candados oficiales en los medios de propiedad del Estado. Como algunas de esas presentaciones pueden no obedecer a razones claramente oficiales, es válido preguntarse si constituyen utilización de bienes y recursos estatales con fines proselitistas.

Lo mismo puede plantearse sobre el uso que el Presidente y el Vicepresidente hagan de la información a veces reservada y confidencial que sólo ellos poseen y que puede servir para soportar sus propuestas y descalificar las de los demás candidatos.

A propósito vale la pena anotar algo que, aunque parece menor, revela el rigor y los escrúpulos con que estos temas se manejan en otras partes. En Francia, durante la campaña, el Presidente que aspira a la reelección adelanta sus giras en avión particular de línea comercial o en uno que su organización política contrata para el efecto. No puede utilizar el avión oficial, que, de todas maneras, sin Presidente a bordo, vuela simultáneamente a las mismos ciudades a las que el Presidente viaja en campaña por sí se presenta emergencia que exija el regreso inmediato del Presidente a París en el avión oficial.

En el 2002 se debatió si una aparición de dos horas que hizo la Primera Dama en televisión para presentar un programa social debía descontarse el tiempo otorgado al Presidente para promover su candidatura a la reelección. La autoridad competente decidió salomonicamente una de las dos horas que ² gasto ² la Primera Dama s dedujo del tiempo a que tenia derecho su esposo como candidato.

 

Circunscripción electoral de la Casa de Nariño

Obviamente el Presidente será jefe de debate de su propia campaña, aunque formalmente designe a persona distinta, tal como ya lo hizo. Pero también lo será de las campañas que adelanten sus amigos políticos al Congreso. Lo hará porque así lo solicitarán quienes pidan esa ayuda a cambio de la que ellos mismos prestarán pocas semanas después en las elecciones presidenciales.

Dispone el acto legislativo reelectoral que "cuando el Presidente y el Vicepresidente… presenten sus candidaturas… podrán participar en las campañas electorales desde el momento de su inscripción. En todo caso dicha participación sólo podrá darse desde los cuatro (4) meses anteriores a la fecha de la primera vuelta… y se extenderá hasta la fecha de la segunda en caso de que la hubiere". Dentro de los 4 meses de que habla el texto citado tendrán lugar las elecciones legislativas. Las presidenciales se celebrarán en mayo; las de Congreso, en el mes de marzo anterior. Es apenas natural que el Presidente acompañe en actos propios de sus respectivas campañas a quienes sean partidarios de su reelección y, simultáneamente, candidatos al Senado o la Cámara de Representantes. La Constitución lo permite y autoriza.

Entre los beneficiarios de ese apoyo oficial estarán, en primer lugar, los congresistas que aprobaron al acto legislativo 02 y quieran volver al Capitolio. Por esa razón adicional son tan entusiastas reeleccionistas.

En uno de los 8 debates a que dio lugar el trámite del acto proyecto se aprobó que la campaña presidencial solo duraría dos meses. Tan pronto como cayeron en cuenta que dentro de ese plazo no quedaban incluidas las elecciones de Congreso, enmendaron la plana y lo ampliaron a cuatro meses. Así se garantiza ayuda política mutua.

 

Todos en el suelo o todos en la cama

 

La Constitución y la ley disponían de manera terminante que los empleados públicos no podían hacer política ni intervenir en las actividades de los partidos y movimientos. Ni siquiera tomar parte en "controversias políticas". Este principio, que siempre hizo parte de nuestro ordenamiento jurídico, garantizaba la imparcialidad oficial, que también se puede violar por razones políticas y evitaba la corrupción administrativa originada en motivos comparables.

El proyecto original mantenía para todos los funcionarios esa prohibición. Sólo exceptuaba al Presidente y el Vicepresidente en campaña. El texto final aprobado cambió la fórmula: pueden hacer política todos los funcionarios, salvo los "que se desempeñen en la rama judicial, en los órganos electorales, de control y de seguridad".

¿Porqué se permite que todos los funcionarios puedan hacer política y sólo se prohíbe a los empleados de la Rama Judicial, la Registraduría, las contralorías y el ministerio público? ¿Porqué si tienen más poder de manipulación político- electoral los servidores de la administración pública que los jueces y los funcionarios de los organismos de control?

Las razones que justifiquen y expliquen esa distinción no constan en parte alguna. Así se aprobó porque fue esa la voluntad mayoritaria del Congreso. Su decisión fue producto de la improvisación, no de la reflexión.

La inquietud de fondo que plantea el tema no ha sido respondida por nadie ¿El país está maduro para que los empleados públicos participen en actividades políticas, partidistas y electorales? ¿Porqué ese derecho o privilegio se reconoce a unos funcionarios y no a otros? ¿Porqué a quienes concentran en sus manos los mayores poderes del Estado y no a quienes tienen mucha menos capacidad de perturbación político- electoral?

 

Inhabilidades discriminatorias

 

La Constitución y la ley establecen exigente régimen de inhabilidades porque disponen que los funcionarios que ejerzan algún grado –así sea mínimo- de autoridad política, civil, administrativa, judicial o militar, y algunos empleados del sector privado, no pueden ser candidatos a cargos de elección popular, a menos que se retiren de sus cargos o empleos doce, seis o tres meses antes de las elecciones, según el caso.

El acto reelectoral conserva la totalidad de ese severo régimen. Le introduce solo una excepción. Permite que el Presidente y Vicepresidente, sin retirarse del cargo, puedan inscribirse como candidatos, hacer campaña y ser reelegidos para el período siguiente.

En cambio, no le permite a otros funcionarios que ejercen funciones menores en comparación con las que corresponden a los dos citados, aspirar a la Presidencia, sin retirarse del empleo un año antes de las elecciones.

Las preguntas son, igualmente, obvias. ¿Por qué el Presidente puede ser candidato para el período siguiente y no pueden aspirar a la Presidencia, los magistrados de las Altas Cortes, los ministros del despacho, el Contralor General, el Procurador, el Fiscal, el Defensor del Pueblo, el Registrador del Estado Civil, los Jefes de Departamento Administrativo, los gobernadores y los alcaldes?.

Si desaparecen las inhabilidades del Presidente, ¿por qué se exige que se retiren del cargo todos los empleados públicos, incluidos los de menor categoría, y algunos del sector privado, que aspiren a cualquier destino de elección popular? ¿Qué sentido tiene disponer, por ejemplo, que el inspector de policía de Somondoco, el tesorero de Cucunubá y el Secretario de la personería de Pore, si quieren ser alcaldes de sus municipios, deben renunciar un año antes de las elecciones, y que el Presidente de la República, sin siquiera pedir licencia, pueda hacer campaña mientras ejerce el cargo, para conseguir que le prorroguen a 8 el período que inicialmente era de 4 años?

Es igualmente equivocado que al Presidente se le tolere ser candidato mientras que a los gerentes de las cajas de compensación, también las sociedades que afilien beneficiarios del régimen subsidiado y las empresas de servicios domiciliarios, no se les permita ser congresistas ni alcaldes, ni siquiera concejales, si no se retiran de sus cargos un año o seis meses antes de las elecciones.

Si el Presidente puede aspirar a la reelección, ¿por qué no se permite a los congresistas en funciones ser candidatos a gobernaciones y alcaldías? Y, ¿por qué no se acepta que gobernadores y alcaldes puedan ser candidatos al Congreso?

Infortunadamente, ni la exposición de motivos del proyecto, ni las ponencias respectivas, responden estas preguntas. Ni siquiera consideran los asuntos en ellas planteados.

Contrapeso democrático

 

A nadie escapa que la reelección tenía que acompañarse de una serie de disposiciones complementarias que eviten el abuso del poder, sancionen severamente las faltas en que incurran quienes participen en la campaña y coloquen en igualdad de condiciones, desde todos los puntos de vista, a quienes sean candidatos a la Presidencia y la Vicepresidencia. Si así no ocurre, se desquicia todo el sistema democrático y el Estado de derecho.

Tampoco escapa a nadie que esas medidas complementarias debían tomarse en el mismo acto que aprobó la reelección. Si ello no era posible, por lo menos era necesario adoptar en ese mismo acto los principios básicos y generales que luego el Congreso desarrollaría.

Sin embargo, las Cámaras no hicieron ni lo uno ni lo otro. Apenas enunciaron algunos de los temas de que estaban obligadas a ocuparse. Otros los ignoraron. Y sobre los que enunciaron, decidieron que los tratara el Congreso mediante ley estatutaria. Si éste no lo hace, la dictará el Consejo de Estado.

Vale la pena recordar que en el proyecto original se disponía que si el Congreso no dictaba la citada ley, lo haría el Gobierno. Dicho con otras palabras; el Presidente-candidato adoptaría, unilateralmente, con carácter obligatorio para todos, las reglas de juego de la campaña en la que él mismo sería candidato. La propuesta era tan absurda que los ponentes de la iniciativa lograron que ese reglamento lo expida el Consejo de Estado, lo cual también genera debate porque reconoce que la viabilidad de la reelección exige que el Congreso renuncie al ejercicio de importantes funciones constituyentes y legislativas.

Debe anotarse también que el Gobierno le concede poca o ninguna importancia a las definiciones de que aquí se habla. En declaraciones a la radio, José Obdulio Gaviria dijo que lo importante era aprobar la reelección. Lo demás, y todo lo que tenga que ver con el proceso electoral, a juicio suyo, se podía convenir después mediante ACTA que recoja los acuerdos a que lleguen los voceros de las distintas fuerzas políticas.

Desequilibrio manifiesto

 

En el vacío anotado radica otra gran falla de la reelección aprobada porque olvida que desequilibra la balanza del poder e ignora la necesidad de hacerle reformas al sistema político que le sirvan de contrapeso democrático.

Aun para el más obcecado de los reeleccionistas no puede constituir ejemplo de competición democrática la que tenga lugar entre el Presidente- candidato, de un lado, y los demás aspirantes, cualesquiera que ellos sean, del otro.

El equilibrio que debe haber entre los candidatos se rompe cuando el jefe del Estado y del Gobierno entra a hacer parte de la campaña como aspirante, defendiendo su obra de gobierno y su nombre, disputándole el favor popular a quienes no pueden acreditar títulos comparables y, por ello y otras razones más, están en desventaja.

 

Conocidas situaciones de hecho y de derecho colocan al candidato oficial en posición de superioridad frente a quienes pretendan sucederlo. Una es, de entrada, la condición de quien ostenta la mas alta investidura dentro del Estado, tiene atribuciones que le permiten orientar y direccionar toda la gestión gubernamental y se convierte en candidato a su propia sucesión, y otra, bien distinta, la de quienes se le enfrentan electoralmente, y sólo pueden presentar como título que soporta su candidatura la condición de ciudadanos voceros de un proyecto político.

Las diferencias que de manera forzosa y automática hay entre el candidato oficial y los demás aspirantes son enormes. El desarrollo de la campaña no podrá cambiar la relación anotada ni modificar las situaciones que la originan. De pronto, las profundiza aún más, en beneficio del Presidente.

Para que esas situaciones cambien, al menos en parte, y se puedan crear condiciones que pongan a todos los candidatos en relativa igualdad, era necesario introducir serias y profundas reformas al ordenamiento político– institucional. Aún así, era difícil conseguir ese deseado equilibrio. Pero había que buscarlo. Valía la pena intentarlo. Hacer el esfuerzo correspondiente. Otorgar derechos y garantías a quienes se atrevan a desafiar el poder y competir contra el poder vestido de candidato era obligación ineludible.

Envuelto en el tricolor nacional

 

Durante la campaña la opinión estará frente a un candidato que lleva la banda presidencial en el pecho, es recibido y despedido en todos los actos con el himno nacional y llega y se retira de las manifestaciones que preside por entre la calle de honor que por razones de seguridad le hace la fuerza pública. Los demás serán candidatos de a píe que, desde la intemperie y en guayabera, hacen proselitismo con toda clase de dificultades. Ni siquiera tendrán, en muchos casos, mano amiga que les retire los "lagartos".

Puede que no todas las apariciones del Presidente como candidato estén rodeadas de la parafernalia que suele acompañar los actos del Gobierno, pero el candidato oficial en el imaginario colectivo tendrá la identidad que de el hayan creado la pompa y el boato propios de todos los actos del poder.

El Presidente será candidato bien informado y asesorado. Tiene a su disposición documentos, cifras e informes que la opinión no conoce porque a veces la ley les da el carácter de reservados. Le servirán para precisar y mejorar sus propuestas. También, para criticar y "desbaratar" las de sus adversarios

A lo anterior, debe agregarse que es el titular de verdaderos superpoderes que le permitirán, si lo desea, tomar decisiones que lo muestren como hombre de acción, cumplidor de sus promesas, que dio, porque lo puede hacer, los pasos que aseguran la ejecución de los programas de su nuevo gobierno.

Los medios cubrirán profusamente los actos de la campaña reeleccionista sin necesidad de que nadie los invite ni de otorgar generosa pauta. El cubrimiento noticioso será amplio porque está de por medio el Presidente de la República. Es natural que así suceda.

A lo anterior debe agregarse que, en la práctica, desde el día en que tome posesión para su primer período, el Presidente estará pensando en la reelección y actuará como candidato. Para algunos, esa situación asegura un buen gobierno y conviene al país . Tal vez así razonan porque están de acuerdo con todo lo que Álvaro Uribe hace o deja de hacer. Pero, si despersonalizan la situación y piensan en lo que ocurriría con mandatarios que no sean de su predilección, seguramente aceptarían que las perturbaciones político- institucionales que de ella de derivan son graves.

 

Paños de agua tibia

Al evidente e inevitable desequilibrio anotado, el acto reelectoral responde disponiendo que mediante ley estatutaria, entre otras materias, se regulen la "igualdad electoral" de los candidatos a la Presidencia, las garantías a la oposición, la participación en política de los servidores públicos, el acceso equitativo a los medios de comunicación, la financiación –preferentemente estatal- de las campañas y el derecho de réplica en condiciones de equidad. Vale la pena analizar someramente algunas de las materias citadas.

 

 

"Igualdad electoral entre los candidatos a la Presidencia"

¿Qué entiende el constituyente por igualdad electoral? Infortunadamente las ponencias y los mini- debates a que dio lugar el tema en las Cámaras no ilustran sobre la materia. El Congreso puede interpretar la expresión en sentido amplio o restringido. Ojala opte por lo primero, porque la igualdad entre los aspirantes no debe ser únicamente "electoral". Debe cobijar todos los aspectos relacionados con las actividades de la campaña.

"Garantías a la oposición"

Aceptar que la oposición cumple función pública tan importante como la que desarrolla el Gobierno y que el binomio gobierno- oposición es el que dinamiza los sistemas democráticos y garantiza la alternancia pacífica en el ejercicio del poder, es pedir demasiado entre nosotros porque el respeto a la oposición no hace parte de nuestra cultura política. En vez de reconocerle derechos y garantías, a la oposición se le sataniza y diaboliza. A veces, trata de penalizársele. Cuando al opositor se le llama conspirador sencillamente se le amenaza diciéndole que puede estar cometiendo un delito. No tenemos claro todavía que la diferencia entre un sistema democrático y uno no democrático está en el tratamiento que se de a la oposición.

Lo anterior explica por qué en Colombia no hay estatuto de la oposición. Ha debido expedirse antes de que se aprobara la reelección, porque por ahí ha debido empezar y no concluir el proceso que condujo a la expedición del acto legislativo 02.

Aprobada la reelección es más necesario ese estatuto. Si no se expide, o se dicta uno que sea mera caricatura de las garantías a que tienen derecho los opositores, habrá que ordenar que cierren la cocina de Palacio como hace un tiempo lo pidió con humor, pero también con razón, Alfonso López Michelsen. El ex –Presidente se refería al hecho de que las grandes decisiones políticas se toman en los desayunos y almuerzos que se sirven para senadores y representantes en la Casa de Nariño. Ahora parece que también hay medias nueves, algos y onces y que es mas fácil hacer quórum en Palacio que en las sesiones del Congreso que tienen lugar en el Capitolio.

 

En la fase final del trámite de la reelección, la Cámara de Representantes aprobó proyecto de reforma constitucional que llamó estatuto de la oposición y que revela las ideas que la mayoría de los congresistas tienen sobre lo que deben ser los derechos y garantías de quienes se atrevan a contestar de la verdad oficial, a controvertir las políticas del gobierno y a reclamar el apoyo popular para sus propios programas y proyectos. Para quienes pretendan ser alternativa de poder.

Según las disposiciones de ese proyecto, que el Senado no alcanzó a debatir, a los partidos y movimientos que participen en las elecciones para alcaldías, gobernaciones y la Presidencia de la República, se les garantiza, si obtienen la segunda votación, que sus candidatos derrotados, por derecho propio y para el respectivo período, sean concejales, diputados y congresistas (Senador quien aspiró a la Presidencia y Representante quien pretendió la Vicepresidencia). Con esta propuesta tal vez lo único que se evita es que quienes pierdan las presidenciales acepten ser designados Embajadores por quienes ganaron las elecciones.

También garantiza el proyecto que los personeros, los contralores territoriales y el Procurador y el Contralor General sean miembros de esos mismos partidos y movimientos, tal vez con el propósito de que la nómina de los organismos de control seguramente se reparta entre los miembros de la coalición que haga las veces de oposición. En vez de propender por la tecnificación de la Procuraduría y las Contralorías, lo que el Congreso pretende es politizarlas y asegurar que en el ejercicio de sus delicadas atribuciones prevalezcan los criterios partidistas y grupistas de las organizaciones que representen quienes sean sus funcionarios.

Parece increíble, pero es cierto: también se proponía que las asambleas y concejos aprobaran mociones de censura que tumbaran secretarios departamentales y municipales y gerentes de las entidades descentralizadas de esos niveles territoriales. A través de ese mecanismo, las administraciones regionales y locales quedaban convertidas en rehenes de las respectivas asambleas y concejos.

En razón de lo dicho, al proyecto citado se le pueden hacer dos grandes reparos:

tiene concepción meramente burocrática del poder; sólo le interesa el reparto de prebendas; politiza aún más las administraciones territoriales; y

guarda silencio sobre los derechos y garantías que debe tener la oposición para hacer política antes de las elecciones y para cuestionar y criticar la gestión que cumplan quienes las ganaron.

A pesar de lo descabelladas esas son las ideas de las mayorías parlamentarias en relación con el estatuto de la oposición y serán el disco duro de los debates a que de lugar la llamada ley estatutaria porque, como se dijo, el proyecto que se comenta fue aprobado por la Cámara mediante abrumadoras mayorías.

 

"Participación en política de los servidores públicos"

Es otra de las materias que debe regular la anunciada ley estatutaria. En apartes anteriores se hicieron los comentarios que merece la intervención de la burocracia oficial en las actividades de los partidos y las controversias políticas.

Aquí se trae a cuento nuevamente el tema para destacar que la disposición habla de la "participación en política de los servidores públicos", concepto o categoría que engloba dos especies o grupos: los funcionarios y los trabajadores oficiales. Estos últimos son las personas que se vinculan con el Estado mediante contrato de trabajo porque no ejercen funciones públicas. Son trabajadores, por ejemplo, quienes se emplean para la ejecución de obras públicas. Hoy pueden hacer política e intervenir en las campañas sin ninguna clase de limitación y ejercer toda clase de actividades proselitistas, electorales. Llama la atención que se ordene a la ley reglamentar su "participación en política" porque la reglamentación que se expida podrá imponerles algún tipo de restricción.

Si así ocurriere, los resultados del texto que se comenta serían contradictorios y contrapuestos porque, de un lado, se autorizaría y estimularía la intervención en política de quienes tengan el carácter de funcionarios públicos, y, del otro, se restringiría la de los trabajadores oficiales.

 

Acceso equitativo a los medios

El texto reglamentable por la ley habla del "acceso equitativo a los medios de comunicación que hagan uso del espectro electromagnético". Se refiere, obviamente, al derecho que tienen los partidos, movimientos y candidatos, oficialistas o de oposición frente a los diferentes medios de comunicación, ¿Cómo conseguir que los candidatos accedan equitativamente a éstos si uno de ellos, el candidato oficial, como se dirá un poco mas adelante, puede hacerlo cuando quiera, sin ningún tipo de limitación? Difícil encontrar repuesta. Tal vez por ello, ni los proponentes ni los ponentes del proyecto la buscaron ni la intentaron. Será la ley estatutaria, entonces, la que la ensaye.

¿Por qué el texto aprobado reduce ese acceso equitativo a los medios "que hagan uso del espectro electromagnético"?

Sin duda, son los mas importantes desde varios puntos de vista y se emiten gracias a la utilización de un bien público –el espacio electromagnético- que administran los particulares por concesión que otorga el Estado a través de la autoridad competente para esos efectos. Pero, ¿por qué únicamente se habla de ellos si hay otros medios, también importantes, que forman opinión y cuyas informaciones y comentarios inciden notablemente en las campañas y sus resultados? Tampoco la historia del proyecto permite establecer porqué razón estos últimos fueron excluidos de una reglamentación que no sería tan severa y estricta como la que debe dictarse en relación con los medios que usan el espacio electromagnético pero que, de todas maneras, exige tratamiento que garantice a todos los actores de la vida pública relativa igualdad de condiciones.

La reglamentación que expida la ley es bien importante porque ahora todas las democracias son "mediáticas" y la suerte de los candidatos depende, fundamentalmente, de la intensidad de su presencia en los diferentes medios. No tanto de lo que digan o publiquen sobre ellos, sino del hecho de figurar, de aparecer, no importa con qué motivo ni para qué efectos. Del número de pulgadas y segundos que los medios les dediquen. Lo que cuenta es "mojar prensa", como se dice en el argot popular. Por eso en las campañas es más importante la oficina de prensa que, por ejemplo, la que se ocupa de asuntos programáticos.

Para acabar con un partido o candidato –sobre todo si son de oposición- es suficiente aplicarles la "campana de silencio" de que habla el lenguaje popular. No hay que exterminarlos ni encarcelarlos como en otras épocas. Ni siquiera controvertir y destruir sus posiciones políticas y propuestas. Basta con acallarlos, no mencionándolos.

Las ventajas que tiene el presidente-candidato sobre cualquier otro aspirante son innegables. Él es la noticia. Independientemente del valor de lo que diga o haga, el simple hecho de que se pronuncie en uno u otro sentido sobre cualquier asunto y aparezca en uno u otro lugar, es noticia aun para el periodista menos advertido. La regla es conocida: el espacio que los medios conceden a una información depende, primero, de quién la produjo, y, luego, de su contenido o valor.

Además, es conocida la dependencia de los medios hacia el poder. Se necesita que sea demasiado burdo el montaje para que no le concedan credibilidad a sus fuentes en los centros de poder (el Gobierno y los principales agentes económicos). Excepcionalmente se la otorgan a otras fuentes (partidos, sectores de opinión y ciudadanos del montón).

El estudio que realizó el Observatorio de la Universidad de la Sabana sobre las relaciones del Gobierno con veinticinco directores de los medios mas destacados de siete ciudades del país reveló que el Presidente, o personas que actúan a nombre suyo, presionan para que una información salga o no se publique. Sólo el cincuenta por ciento de los entrevistados consideró que esas intervenciones no eran "correctas". Si esas influencias indebidas se ejercen sin que el Presidente sea candidato, ¿qué ocurrirá cuando quiera ser reelegido? "Nuestros informadores parecen informantes… Se limitan a reproducir testimonios, a pegarse como sanguijuelas a sus fuentes adoptando sus odios y sus amores… (buscan) meterle en la boca el micrófono a los que hacen la noticia. Encabeza claro está, el Presidente Uribe, también convertido en periodista, que acapara como anchorman de sus propias audiencias comunitarias" (María Teresa Herrán ).

 

El poder de la televisión

 

Entre los medios, sin duda, el mas importante es la televisión. Su poder político es inmenso y su papel, determinante. "La nuestra es una sociedad teledirigida en la que cuenta la imagen por encima de cualquier otro valor o consideración" (Sartori).

El Presidente puede dirigirse al país por los canales de televisión cuantas veces quiera sin ningún límite de tiempo. Desde cualquier lugar, a cualquier hora, sobre cualquier tema. La ley 182 de 1995 expresamente le otorga ese derecho cuando dispone que "podrá utilizar, para dirigirse al país, los servicios de televisión, en cualquier momento". La Comisión Nacional de Televisión reglamentó el anterior precepto mediante norma que lo autoriza para utilizar "los servicios de televisión cuando lo considere necesario", y ordena a "todos los canales de televisión pública o privada... emitir simultáneamente la alocución presidencial". Los particulares concesionarios de las cadenas de televisión tienen la obligación contractual de cumplir las disposiciones anteriores.

Las normas trascritas no merecen reparo porque el Presidente puede y debe dirigirse al país cuando lo considere necesario, obviamente por razones de interés general. Y puede hacerlo por televisión, que es el medio por excelencia. "A los gobiernos… no les preocupa la existencia de una prensa libre mientras la televisión no lo sea" (Eric J. Hobsbaen).

Como el Presidente sabe bien cuál es el poder de la pantalla chica, decidió que sus consejos comunales fueran transmitidos en directo por televisión . En el 2.004 esas transmisiones coparon 409 horas del canal oficial. Por eso el representante Carlos Arturo Piedrahita habla del "telepresidente".

Como candidato, el Jefe del gobierno se dirigirá al país urbi et orbi cuantas veces quiera y por el tiempo que quiera durante la campaña, a menos que la ley estatutaria de que hablamos ordene restricciones que busquen asegurar algún tipo de igualdad con los demás aspirantes.

Financiación de campañas

El texto aprobado dispone que la ley estatutaria adoptará un sistema de "financiación preferentemente estatal de las campañas presidenciales" (subrayas del autor). Dicho con otras palabras: el sistema que se acoja para las otras campañas (congreso, alcaldías, gobernaciones) no tendrá que ser preferentemente estatal. Se podrán financiar mayoritariamente con recursos privados. En cambio, en el caso de las presidenciales, la financiación deberá ser sobre todo estatal.

 

¿Por qué no se mantuvo la norma aprobada inicialmente: "el Estado financiará la totalidad de los gastos de las campañas para Presidente… Prohíbese cualquier donación que tenga origen distinto"?.

El retiro de este buen texto seguramente no obedeció a razones fiscales (ahorrarle al erario unos miles de millones de pesos que en el valor total del presupuesto de la Nación representan poco) sino al propósito de asegurarle al candidato oficial los aportes que hará, sin reservas, el sector privado. Es claro que a esa campaña le sobrarán recursos económicos. Los gremios, los contratistas del Estado, los empresarios y quienes estén pendientes de una u otra decisión gubernamental, contribuirán voluntariamente, a manos llenas, sin necesidad de que alguien llegue a sus oficinas con la escudilla de la campaña. Todos a una dirán: "Dadme buenos negocios, y yo os aprobaré cualquier política".

El consejero Fabio Echeverri lo admite expresamente cuando afirma que los ricos han sido "los primeros y más altamente beneficiados con los resultados de la gestión del gobierno".

El periódico La República ha sido explícito: "Nadie puede negar los avances de la economía nacional en el actual Gobierno... por ello no es de extrañar que distintos gremios de la producción y empresarios invocaran ese argumento para justificar la reelección...". En el mismo diario se anota que el 90%, nunca menos del 85%, de los "accionistas, gerentes y directivos de sociedades, tanto grandes como medianos, son partidarios de la continuidad de Uribe Vélez en el gobierno hasta el 2.010" (Hipólito Hincapié). "En su empeño por reelegir a Uribe, que les garantiza tanto la monta como la brida, las castas criollas son capaces de violar, no ya la Constitución, sino la matemática" (Alberto Aguirre).

El desequilibrio que por las razones anotadas se produce entre el candidato reeleccionista y los demás aspirantes es grande. Así ocurre en todas partes. Aún en las democracias más igualitarias. Poco antes de que concluyera la última presidencial de Estados Unidos se publicó que la campaña reeleccionista de Bush había recaudado 215 millones de dólares y la de Kerry apenas 145.

En materia de financiación también habrá, entonces, una gran distancia entre el candidato del Gobierno y quienes se atrevan a enfrentársele.

A propósito del tema vale la pena anotar que la ley debería renunciar al enfoque tradicional (quién y cómo se financian las campañas) y pensar más en cómo se castigan y reducen sus cada día mas inalcanzables costos. Dentro de esta idea, el plazo de 4 meses que fija el acto legislativo 02 de 2004 es demasiado largo para campañas presidenciales. Las demás, seguramente terminarán acogiendo el mismo plazo, si no uno mayor.

 

Derecho de réplica

La ley estatutaria también debe reglamentar el "derecho de réplica en condiciones de equidad cuando el Presidente de la República sea candidato".

El texto trascrito es desafortunado porque la ley que se comenta debe ocuparse del derecho de réplica frente al jefe del Estado y frente a otros altos funcionarios del Gobierno, no únicamente del que se ejerza en relación con el Presidente cuando sea candidato. Además, las "condiciones de equidad" de que se habla deben obligar, igualmente, en todos los casos y no solo ante al candidato presidencial .

El Congreso, o el Consejo de Estado, deben encontrar la manera de armonizar las inconsistencias del acto reelectoral con principios elementales del derecho y la ciencia política y con las normas de la codificación constitucional vigente, entre otras las del acto legislativo 01 de 2.003 sobre reforma política.

Canto a la bandera

En un régimen como el nuestro tratar de establecer igualdad de condiciones entre el Presidente- candidato y los demás aspirantes es algo comparable a la cuadratura del círculo. Además, ni el Gobierno ni las mayorías oficialistas tienen interés en que se recorten sus atribuciones. Tampoco en que se controle la forma como las utilizan ni en reconocer derechos y garantías que comprometan el ejercicio monopólico del poder y sus posibilidades electorales.

Por ello no es dable esperar que los proyectos que debata el Congreso sobre los temas citados sean revolucionarios en la materia ni constituyan un verdadero estatuto para la oposición. Todos serán un canto a la bandera. No tendrán fuerza ni dientes. Solo se presentarán para cumplir requisito constitucional.

Ni siquiera lo que se acaba de anotar porque el Gobierno no presentó el proyecto a que estaba obligado, tal como lo dispone el mismo acto reelectoral: "El Gobierno o los miembros del Congreso presentarán antes del 1º de marzo de 2.005 un proyecto de ley estatutaria…".Se venció la fecha y el Gobierno no lo presentó al Congreso. Confesó así que el tema no le interesa. O que sobre las materias de que debía ocuparse la iniciativa, no tiene ideas claras o posición política definida. O que no respeta la Constitución. O las tres cosas juntas. Lo que cuenta es que no lo hizo. Se limitó a avalar el proyecto que congresistas amigos suyos habían concebido y redactado. Renunció al liderazgo que le correspondía y a la oportunidad de decirle al país cómo respetará y garantizará los derechos de quienes se atrevan a discrepar de la verdad oficial.

Ni en ese ni en otros proyectos se podrán leer propuestas audaces como la de Pedro Medellín: "Ahora que se aproxima el debate sobre las garantías para la oposición, se anuncia que algunas importantes instituciones organizaran una serie de seminarios y conversatorios en las próximas semanas con todos los sectores interesados, con objeto de determinar los lineamientos que debería contener un Estatuto de la Oposición hoy en Colombia. Seguramente allí, en medio de la reflexión, a alguien se le ocurrirá proponer un estatuto que, entre otras cosas, le quite al Presidente la facultad de decidir a quién se extradita o no. Dirá que en las actuales condiciones esa sería una garantía de igualdad electoral. Sin embargo, sea cual fuere la reflexión, los resultados no trascenderán. Quedarán como atractivas propuestas de expertos e interesados, pero sin capacidad para trascender. Todo porque el espectro de las convocatorias es y será cada vez más reducido. Allí van lo mismos con las mismas a decir lo mismo".

 

El Consejo de Estado legislará

El Congreso sabe que no expedirá la ley estatutaria de que hablamos antes del limitado plazo que él mismo se fijó para hacerlo (20 de junio de 2005) ante la necesidad que tenía de aprobar, a las volandas, la reelección. No la dictará por la complejidad del tema y porque si no lo ha hecho durante 14 años (a partir de la Constitución del 91 se empieza a hablar de la necesidad y conveniencia de su expedición), no lo hará en el corto lapso de 3 meses.

Por ello, en el acto reelectoral se dispone que "si el Congreso no expidiere la ley en el término señalado…. el Consejo de Estado, en un plazo de dos meses, reglamentará transitoriamente la materia". Lo hará, entonces, el Consejo de Estado que, como máximo tribunal de lo contencioso- administrativo, fue instituido para que cumpla otras funciones, no para que legisle. Sin embargo, en esta ocasión, legislará. No lo hará mediante la expedición de ley ordinaria, si no de ley estatutaria, es decir de ley de características especiales porque son leyes que no puede dictar el Gobierno, aunque el Congreso haya decidido habilitar al ejecutivo para hacerlo; deben ser aprobadas por mayoría calificada (la mitad mas uno de los miembros de las Cámaras); y, antes de promulgarse, deben revisarse por la Corte Constitucional.

Todas estas exigencias de carácter constitucional se omiten en este caso porque es necesario decir que la reelección se acompaña de un estatuto para la oposición que nunca se había expedido. Consideran que así queda "blindada".

Además, el Consejo carece de conocimientos sobre la materia. Sus miembros no fueron escogidos teniendo en cuenta la versación y la experiencia que tengan en estos temas. Fueron seleccionados con base en otra serie de consideraciones y calidades.

Cuando al Consejo de Estado se le asignan funciones políticas se "enreda". En dos años y medio no pudo fallar la demanda que contra la elección del actual Senado de la República interpuso el Procurador General de la Nación.

Hace pocos meses asumió competencia en materia política que no le correspondía y, por ello, se pegó "enredada" mayúscula. Le ocurrió cuando decidió absolver pregunta que le hizo el Gobierno sobre la inhabilidad de los congresistas con familiares en la nómina diplomática para votar la reelección. La providencia que con ese propósito dictó olvidó que el Consejo es cuerpo consultivo del Gobierno "en asuntos de administración", no en asuntos políticos. Permitió que el ejecutivo le faltara al respeto porque el Gobierno indujo la contestación que quería obtener. Precipitó la respuesta porque resolvió en el breve lapso de pocas horas. Fue tan equivocada su "decisión" que quienes con ella resultaban favorecidos no la acataron pues los senadores y representantes cuyos familiares fueron designados en la nómina de la cancillería se declararon impedidos para votar la reelección, a pesar de que el Consejo les dijo que no estaban inhabilitados para hacerlo. Cuando al Consejo se le pidió que explicara las razones y motivos de su providencia, contestó que no estaba obligado a responder la petición que con base en claro precepto constitucional le fue formulada.

Lo dicho permite concluir que aunque el Consejo dedicará varios meses al cumplimiento de las nuevas funciones que le asignó el Congreso, lo cual retardará mas el ejercicio de sus funciones ordinarias, la ley estatutaria que expida será el parto de los montes. Así ocurrirá porque el Consejo no tiene conocimientos ni experiencia profesionales suficientes para reglamentar, en pocos meses, temas tan complejos como la igualdad electoral entre quienes participen como candidatos en una campaña política; expedir el estatuto de la oposición que hasta ahora ningún Congreso ha dictado; adoptar las normas –novedosas entre nosotros- que regulen la participación de los funcionarios públicos en política; garantizar el acceso equitativo a los medios de comunicación de los aspirantes a los diferentes destinos públicos; organizar legalmente la financiación de las campañas electorales; regular el derecho de réplica; y crear inhabilidades para quienes aspiren a la Presidencia.